I. Introducción.
Todos
aspiramos a la eliminación progresiva del papel en los trámites y gestiones públicas,
para poder simplificar los diferentes servicios públicos y dotarle de mayor
competitividad a los distintos operadores del comercio exterior. Somos enemigos de la tramitología que algunas
veces gobierna a las entidades gubernamentales, conduciéndolas hacia el camino
del atraso económico.
Así tenemos que revisando
el Portal Institucional de la VUCE, encontramos como lineamientos generales:
a. La automatización
e incorporación a la VUCE de los procesos optimizados y estandarizados de las
entidades competentes.
b. La integración de
los procesos intrainstitucionales e interinstitucionales a efectos de lograr la
interoperabilidad de la VUCE.
c. La gestión
compartida y distribuida de los servicios y medios electrónicos que conforman la
VUCE, por parte de los integrantes de la misma.
d. La coordinación e
integración entre las entidades del Estado y el sector privado.
e. La mejora
continua del servicio prestado.
f. El
aprovechamiento de soluciones y de la infraestructura desarrollada e implementada
que pueda ser compartida.
Asimismo, precisa
que los beneficios previstos para el Estado son los siguientes:
• Mayor efectividad
y eficiencia en la utilización de recursos
• Mejor gestión de
riesgo aduanero
• Incremento en la
satisfacción de los usuarios de comercio exterior
• Mayor integridad y
transparencia
• Incremento en la
seguridad.
II. Aspectos Normativos
La Ventanilla Única del Comercio
Exterior (VUCE) surge con el Reglamento de la Ley de Facilitación del Comercio
Exterior, Ley N° 28977 aprobado mediante el Decreto Supremo N° 165-2006-EF. Cabe
precisar que posteriormente el Decreto Legislativo N° 1036 otorgó rango de ley
a la norma de creación de la VUCE.
Mediante Decreto Supremo N°
009-2008-MINCETUR se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1036 que
establece los alcances de la Ventanilla Única de Comercio Exterior; sin perder
de vista el objetivo de convertirse en un mecanismo de facilitación que permita a los operadores de comercio
exterior integrar información estandarizada en un solo punto de entrada, para
cumplir con todos los trámites de importación, exportación y tránsito.
Es oportuno precisar que esta herramienta informática busca
simplificar los trámites de importación de mercancías restringidas, y resolver
los siguientes problemas:
a) Existencia de un número no definido de mercancías
sujetas a control por parte del Estado (sanidad, seguridad, patrimonio, drogas,
etc.).
b) Numerosos funcionarios o autoridades intervinientes en
el control de las mercancías.
c) Procesos deficientes, engorrosos y desintegrados;
muchos de ellos demasiado burocráticos.
d) Duplicidad en los requerimientos exigidos por las
instituciones gubernamentales con el uso excesivo de papeles y formularios.
e) Exigencia de presentación de documentos emitidos por
el mismo Estado.
f) Organismos que tienen a cargo supervisión o
verificación de mercancías no coordinaban entre sí el momento de inspección.
g) Ausencia total de un sistema de predictibilidad en los
trámites.
En consecuencia, la misión que tiene
la VUCE es identificar los procesos, trámites, licencias,
permisos y certificaciones que son exigidas al exportador o importador por las
diferentes entidades del Estado, con el firme propósito de obtener la
integración total con los procedimientos aduaneros.
Para tal efecto, las entidades estatales involucradas en
la emisión de documentos autorizantes para el despacho aduanero de mercancías
restringidas, deben continuar con:
- La racionalización de procesos.
- El uso intensivo de tecnología de información.
- Los recursos humanos capacitados para prestar
servicios eficientes; y
- La Integración de los servicios proporcionados por el
sector público a la cadena logística de comercio internacional.
III. Buscando
mejorar procesos
Desde el año 2008 hasta la actualidad
se han venido integrando progresivamente a la VUCE diversos procedimientos a
cargo de las entidades públicas facultadas por ley para la emisión de
documentos autorizantes necesarios al momento de solicitarse la importación y/o
exportación de mercancías restringidas. Pero diera la impresión que durante
este periodo ha sido difícil desterrar el fantasma del papel y la visita de los
administrados a las oficinas de la Administración, como lo advierten los
usuarios del comercio exterior.
Basta con mencionar al Decreto Supremo
N° 010-2010-MINCETUR, que precisaba que la solicitud electrónica del comercio
exterior (SUCE) debería presentarse a través de los medios electrónicos que
ofrece la VUCE, cumpliendo con los requisitos solicitados en cada procedimiento
y adjuntando, cuando corresponda, en archivos digitales o digitalizados los
documentos exigidos por la entidad competente de acuerdo a su TUPA.
Pero, aún queda latente la necesidad
de que exista un plazo perentorio estándar para la emisión de dicho documento
autorizante por parte de los sectores o entidades competentes; de esa forma se
podría aplicar válidamente las normas del silencio administrativo positivo
regulado por la Ley Nº 29060.
Mantener pendiente por definir estos
plazos de atención que debieran ser uniformes, sólo contribuye a restarles
competitividad a los exportadores e importadores y de paso a nuestro país que
requiere de mayores herramientas que simplifiquen y agilicen los trámites
aduaneros en un entorno globalizado y cada vez más competitivo.
Otro aspecto que debe reforzarse es la
integración total de las respuestas que brinda la VUCE con los sistemas
informáticos aduaneros (SIGAD), de modo que la respuesta a la SUCE presentada
por el importador se refleje en tiempo real en las declaraciones aduaneras que
motivan su presentación. A lo mejor, siendo optimistas por naturaleza, viene
ocurriendo de manera aislada en algunos casos, pero debiera masificarse su uso
para de esa manera agilizar los despachos aduaneros.
Si queremos recuperar el rumbo
perdido, debemos partir por recordar que la VUCE ha sido concebida como una herramienta que permita gestionar vía internet procedimientos administrativos para obtener
autorizaciones sectoriales necesarias para importar o exportar mercancías; siendo por lo tanto un instrumento
electrónico que debe eliminar el uso del papel.
Hasta Julio 2014 según datos oficiales, se había conseguido la
incorporación en el Componente de Mercancías Restringidas de la VUCE de 250
procedimientos administrativos del MTC, DIGESA, DIGEMID y SENASA, entre otros,
lo cual permitió registrar un poco más de 26 mil empresas atendidas.
Teniendo como principal fortaleza el haber logrado ahorros de hasta sesenta y cinco
millones de soles a los usuarios de este sistema y una reducción del
tiempo de resolución de expedientes en 15%.
Pero los
resultados obtenidos hasta el año pasado, no son suficientes, por lo es
necesario continuar realizando mejoras, que eviten la demora en la atención de
la SUCE y sobre todo, no dejar de atender ninguna consulta electrónica por
parte de los sectores competentes del Gobierno Central, para orientar a los
importadores o exportadores respecto a temas tan elementales, como por ejemplo,
responder la interrogante respecto a si una determinada mercancía requiere o no
de algún documento autorizante para su importación o exportación.
Un comentario aparte es el caso del Componente Origen de la VUCE, donde sabemos que se han
registrado más de 30 mil atenciones y la
emisión de doce mil certificados de origen, siendo un buen indicador respecto a
la calidad del servicio que vienen ofreciendo a los operadores de comercio
exterior.
Respecto al Componente
Portuario que continúa en proceso de implementación, tenemos la firme esperanza
que se logre poner al servicio del transporte marítimo internacional,
simplificando de manera efectiva la tramitología que afecta negativamente la
competitividad logística de nuestros puertos.
IV. A manera
de conclusión.
El Decreto Legislativo N° 1036 y el Decreto
Supremo N° 010-2010-MINCETUR constituyen el principal soporte legal de la
Ventanilla Única del Comercio Exterior;
herramienta informática que tiene como objetivo simplificar y agilizar
los trámites que deben realizar los importadores y exportadores para solicitar
la emisión de documentos autorizantes que permitan desaduanar las mercancías
restringidas.
En los últimos cinco años se ha
logrado identificar algunas trabas o cuellos de botella que afectan la
eficiencia en el servicio que brinda este sistema de acreditación electrónica,
por lo que es el momento oportuno para generar nuevas iniciativas o mejoras en
la VUCE. Con la dinámica que se desenvuelven los negocios internacionales,
resulta imposible mantener el mismo servicio a lo largo del tiempo, y para tal
efecto sugerimos empezar por aplicar la técnica de mejora de procesos de
Edwards Deming (Do, Check, Act, Plan).
Finalmente, no perdamos de vista que esta
herramienta informática aporta directamente a facilitación del comercio
exterior peruano, de allí la importancia que debemos darle a la VUCE si queremos
continuar mejorando la competitividad
logística de nuestros puertos y aeropuertos en la coyuntura económica actual.
Me parece interesante el tema, considerando que actualmente el "papeleo" por asi decirlo ya no debe presentarse en los procesos administrativos. Estamos en pleno siglo XXI y no debemos atrasarnos perdiendo tiempo en transcribir todo a puño y letra, contamos con la tecnologia suficiente como para seguir avanzando y utilizando estos medios minorizando tiempos.
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