Dr. Javier Gustavo
Oyarse Cruz[1]
I.
Introducción
La
crisis sanitaria global está obligando a todos a cambiar hábitos y formas de
trabajo o estudio con el uso masivo de la tecnología, lo cual definitivamente
ha permitido que el ritmo de vida se desarrolle de manera silenciosa en las oficinas
y centros de estudio, debido al confinamiento que todos estamos obligados a
cumplir para evitar el contagio.
En
paralelo vemos con mucha expectativa el desarrollo de diversas plataformas
digitales que simplifican las actividades comerciales o los servicios que
usualmente se hacían de manera presencial, pero hoy, dadas las actuales
circunstancias, deben realizarse de manera remota utilizando las
videograbadoras.
Nuestra
habitualidad ha cambiado, por lo que debemos darle una mirada al comercio
exterior, para comprobar si están surgiendo nuevas herramientas digitales que
simplifiquen las operaciones de importación y exportación, dentro del objetivo
de alcanzar la reactivación de las actividades de comercio exterior.
II. Importaciones
Digitales
Desde
el 31.12.2019 empezamos a aplicar los cambios aprobados en la Ley General de
Aduanas mediante el Decreto Legislativo 1433, lo cual involucra una nueva forma
de identificar a los sujetos de la obligación aduanera, que ahora están
agrupados en:
a) Operadores de comercio exterior
b) Operadores intervinientes, y
c) Terceros
Así
como un nuevo régimen de infracciones y sanciones aduaneras que tuvo como
novedad la Tabla de Infracciones y Sanciones Aduaneras[2], identificando a las
infracciones por códigos y estableciendo niveles de graduación, por lo que
ahora existen sanciones leves, graves y muy graves.
Pero,
llegó la pandemia a mediados de Marzo y fue necesario aplicar la facultad
discrecional en materia de sanciones, para efecto de suspender la aplicación
de sanciones debido al aislamiento social obligatorio la que estuvieron sometidos
los operadores de Comercio Exterior.
Pero
las gestiones de importación han continuado desarrollándose dentro de este periodo, priorizando
los bienes indispensables para combatir el coronavirus y adquirir los equipos
de protección personal, con la participación activa de los importadores y
agentes de aduana, quienes no se vieron afectados directamente en sus
actividades, debido a la existencia de plataformas digitales creadas por la
Administración Aduanera.
Cabe resaltar que la aduana peruana desde
mediados de los años 90 había desarrollado con singular acierto proyectos, que
le permitieron automatizar sus trámites y procedimientos, siendo oportuno
felicitar al equipo de ingenieros de sistemas, quienes crearon el primer
software con la denominación de Sistema Integrado de Gestión Aduanera (SIGAD)
para realizar la migración de todos los regímenes aduaneros hacia un nuevo
lenguaje electrónico.
Actualmente dicha plataforma digital con
todas sus actualizaciones y mejoras recibidas en el tiempo, se convirtió en el
principal mecanismo de facilitación del comercio exterior y una respuesta oportuna
para atender los requerimientos formulados por los operadores de comercio exterior
y operadores intervinientes en este nuevo escenario, dónde se busca evitar la
presencia del personal que se dedica a labores logísticas en las oficinas de
aduanas, almacenes, agencias de carga, navieras y demás entidades vinculadas a
los negocios internacionales.
Debemos destacar qué varios años antes
de la pandemia, la aduana peruana puso en funcionamiento una casilla
electrónica corporativa aduanera (CECA), para que los agentes de aduana y demás
operadores de comercio exterior puedan entregar sus documentos de manera
digital, y cumplir de esa manera sencilla con los requerimientos vinculados a las
acciones de control a cargo de la autoridad aduanera. Este mecanismo
electrónico tiene como principal potencialidad que se encuentra a disposición
de los usuarios aduaneros las 24 horas y los 365 días del año.
El inicio del trámite de importación
se realiza mediante el mandato electrónico[3] que el importador puede
gestionar desde el portal institucional de la SUNAT de manera libre y gratuita,
eligiendo al agente de aduana de su preferencia ya sea para una sola operación
de importación o por un período de tiempo que puede ser máximo 12 meses. Incluso
pueden modificar o revocar dicho mandato electrónico sin costo alguno, dado que
se basa en el principio de la libre contratación y la transparencia en la
información.
También los importadores tienen la
posibilidad de gestionar el sistema de despacho anticipado[4] para lograr con ello simplificar
sus trámites aduaneros ahorrar los costos logísticos y agilizar todo trámite
para conseguir en sólo 48 horas el levante aduanero, qué le permitirá colocar
la mercancía en el mercado nacional y generar mayor competitividad frente a sus
clientes.
Otro aspecto que debemos considerar
dentro de los servicios aduaneros digitales que permiten agilizar el despacho
aduanero, es la garantía previa la numeración de la declaración[5], cuya gestión a partir del
presente año 2020, ha permitido que los importadores acudan a cualquier entidad
bancaria sin la necesidad de obtener la carta fianza en papel impreso para
presentarlo ante la administración aduanera, dado que las propias entidades
bancarias enviaron digitalmente dicho documento a la aduana para respaldar sus
operaciones de importación.
También debemos enfatizar que
actualmente las acciones de control aduanero se realizan en base a modernas
tecnologías basadas en indicadores de riesgos, razón por la cual, si una
mercancía es seleccionada a canal rojo, el reconocimiento físico se puede
realizar utilizando los equipos de escáner que existen tanto en el puerto
marítimo del Callao como en el Aeropuerto Internacional Jorge Chávez.
Finalmente, los importadores tienen
mayor acceso a la información respecto al estado de sus declaraciones con solo
ingresar al portal institucional de la SUNAT y digitar el número de su
declaración, para conocer de una fuente confiable, cualquier requerimiento
pendiente de trámite ante la aduana o la autorización otorgada para la
liberación de la carga.
III.
Exportaciones
digitales
A partir del 31 de julio 2020[6] la aduana peruana ha
implementado un nuevo sistema de despacho aduanero para las exportaciones qué
es 100% online, y recoge un moderno formato digital para las exportaciones que
está alineado con las directivas emitidas por la Organización Mundial de
Aduanas (OMA).
Este moderno sistema tiene singular
importancia, si tomamos en cuenta que las exportaciones generan aproximadamente
1,6 millones de empleos
asociados a las exportaciones, por lo que se convierte en una herramienta
eficaz para lograr la reactivación económica.
Cabe
mencionar que esta moderna plataforma aduanera de exportaciones beneficia a más
de 8000 empresas exportadoras, de las cuales el 72% de ellas son micro,
pequeñas y medianas empresas (Mipyme). Además, debemos considerar que el
comercio de bienes y servicios ha pasado a significar de 35% del PBI en el año
2000 a 46% en 2019, por lo que es una herramienta de diversificación productiva,
si comprobamos que son 4755 los productos que exportamos anualmente.
Lo primero que debemos destacar en
este nuevo procedimiento de exportaciones[7], es su moderno diseño basado
en la presentación de documentos digitales, tales como la Factura Electrónica
que sustenta el valor FOB de exportación, los permisos o autorizaciones
emitidos por la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), el mandato
electrónico que deben gestionar antes de efectuar la numeración de la
declaración de exportación y las notificaciones electrónicas para subsanar
cualquier requisito observado por la autoridad aduanera.
Adicionalmente, debemos mencionar que
en el pasado, al realizar un inventario de todas las aduanas del Perú en un año
calendario, se podía comprobar que las exportaciones generaban mas de dos
millones de papeles impresos, lo cual evidentemente iba en contra de la
política de Estado orientada a la protección de la ecología y el medio
ambiente. Con este nuevo procedimiento digital de exportaciones se elimina toda
posibilidad de imprimir documentos[8].
Lo segundo es que, para acceder a
todos los beneficios en simplificación de trámites para el exportador, solo
necesita tener su RUC activo, requisito que se convierte en la llave mágica que
le abre las puertas a los servicios aduaneros digitales que ofrece la SUNAT,
así como a la obtención del documento autorizante o el certificado de origen
digital desde la VUCE.
Lo tercero, es que la selección a los
canales de control tiene como novedad que ahora solo hay dos canales, rojo y
verde con lo cual, se simplifica la revisión de la carga, dado que el mismo
sistema selecciona al contenedor que será abierto para el reconocimiento físico
y el despachador de aduana o exportador pueden programar la diligencia de
manera electrónica para agilizar sus despachos.
Lo
cuarto que debemos mencionar es, que para el traslado de mercancías por zona
secundaria no será necesario la emisión de documentos impresos en papel, debido
a que la Administración Aduanera en este nuevo sistema digital permite la
emisión del código QR electrónico insertado en la relación de la carga lista
para embarcar, para efecto de controlar dicho traslado con el uso de la
tecnología.
Por
último, debemos relevar que ahora la regularización de la declaración no
requiere la transmisión de una segunda declaración aduanera, y corre por cuenta
del exportador confirmar los datos de su exportación y con ello obtener de
manera inmediata no solo la regularización de su declaración[9], si no la posibilidad de
acceder a la restitución simplificada de derechos arancelarios debemos
destacar, (drawback) y a la devolución del IGV o saldo a favor del exportador[10].
IV. A manera de conclusión.
La
Aduana Digital es una realidad en el Perú, siendo el resultado de una labor
permanente de modernización que empezó a mediados de los años 90, y en esta
etapa de pandemia, ha logrado demostrar su utilidad por encontrarse al servicio
de todos los operadores de comercio exterior y operadores intervinientes.
En
medio de esta crisis sanitaria global que afecta a todas las actividades
productivas y de comercio, la Administración Aduanera se ha convertido en un
aliado estratégico de los importadores y exportadores, ofreciendo plataformas
digitales y calidad del servicio aduanero, que nos dan la buena impresión de
ser una entidad pública que se comporta como si fuera una empresa eficiente del
sector privado.
Los importadores cuentan con la
posibilidad de gestionar sus mandatos electrónicos autorizaciones y permisos
digitales para mercancías restringidas, posibilidad de gestionar sus garantías
previas a la numeración de la declaración de manera electrónica y sobre todo un
nuevo sistema de despacho anticipado que genera mayor competitividad en un
entorno globalizado.
Los exportadores tienen acceso a un
nuevo procedimiento totalmente digital que les permite la trazabilidad de sus
operaciones y la eficiencia en sus planes estratégicos exportación que se basan
en la búsqueda permanente de ampliar la oferta exportable y conquistar nuevos
mercados, ahora con la eliminación de requisitos basados en el papel impreso y
el uso de modernas tecnologías para el reconocimiento físico de sus mercancías,
lo cual anula el riesgo de su contaminación o deterioro.
Definitivamente la aduana peruana
viene demostrando durante esta pandemia el liderazgo en la gestión pública,
brindando a todos los usuarios herramientas digitales y canales de atención
para que no tengan la necesidad de salir de sus casas u oficinas; por lo que
concluimos señalando que la Administración Aduanera se ha convertido en una
aliada estratégica de los importadores y exportadores para alcanzar la
reactivación de las operaciones de comercio exterior.
[1] Abogado. Maestro en
Derecho Civil y Comercial. Máster in Business International. Doctor en
Educación. Prestigiado catedrático en las Escuelas Posgrado UNMSM, PUCP, USMP,
UPT y UPC.
[3] El mandato electrónico
es obligatorio en el régimen de importación para el consumo y el régimen de
exportación definitiva conforme a lo dispuesto en el artículo 129 de la Ley
General de Aduanas. (Decreto Legislativo 1433).
[4] El despacho anticipado
es obligatorio en el régimen de importación para el consumo, conforme a lo
dispuesto en el artículo 131 del Reglamento de la Ley General de
Aduanas (Decreto
Legislativo 1433).
[8] El Anexo IV del
Procedimiento DESPA-PG.02 permite que el exportador solicite el uso de la casilla electrónica corporativa aduanera (CECA) y
de la casilla electrónica del usuario (CEU).
[9] De
conformidad con el artículo 83 del Reglamento de la Ley General de Aduanas
(D.S. Nro. 367-2019-EF).
[10] Para acogerse a los beneficios tributarios o aduaneros
aplicables a la exportación, la declaración de exportación definitiva debe
estar regularizada conforme a lo previsto en el artículo 84 del Reglamento de la Ley General de Aduanas (D.S. Nro. 367-2019-EF).
Excelente Dr. Muy interesante.
ResponderEliminarInteresante artículo que hay que tomar en consideración por las nuevas maneras de realizar los procedimientos aduaneros. Felicitaciones Dr. Oyarse de parte de un ex-alumno.
ResponderEliminarUn gusto poder leerlo profesor, buscando información sobre el puerto Callao, encontré su blog
ResponderEliminar-Ricardo Franco Jimenez